CENADA entregará constancias a concesionarios para que puedan circular

  • Los compradores que demuestren con algún documento su actividad comercial, pueden visitar el CENADA en el horario restringido. De lo contrario, las plazas se mantienen abiertas hasta las 10 de la mañana.
  • Aquellos concesionarios o compradores con vehículo de carga tienen libertad de transitar y visitar el CENADA, sin restricción.
  • Constancia sólo se entregará a concesionarios y ayudantes que estén en la base de datos del CENADA.

Marzo 2020.  En atención al Decreto Ejecutivo 42253-MOPT-S, que impone una restricción de tránsito a vehículos particulares de 10 p.m. a 5 a.m., el Programa Integral de Mercadeo Agropecuario, PIMA, administrador de la Central Nacional de Abastecimiento, CENADA, emitirá constancias a los concesionarios y ayudantes que están debidamente registrados en su base de datos, con el fin de que puedan dirigirse en sus vehículos particulares a la Central a realizar sus operaciones comerciales.

Estas constancias se emitirán amparadas en las excepciones que contempla el Decreto, específicamente el artículo 3, inciso c), que indica:

“…C) La persona del sector público o privado con jornada laboral comprendida o que coincida con la franja horaria que va de las 22:00horas a las 05:00 horas, sea por ingreso, salida o necesidad de desplazamiento durante el horario laboral, debidamente acreditada. Para el caso del ingreso o salida de la jornada laboral, la movilización podrá hacerse en vehículo particular, o en alguna de las modalidades consignadas en el artículo b del presente artículo…”

 Los interesados deberán retirar la debida acreditación en la Administración del CENADA, en horario de 8 a.m. a 4 p.m.

A los compradores, se les informa que para circular e ingresar al CENADA en las horas contempladas en la restricción, deberán demostrar a las autoridades que tienen un negocio (patente), o actividad comercial relacionada.  De lo contrario, podrán ingresar al CENADA, después de las 5 a.m., y hasta las 10 a.m., para que realicen sus compras con tranquilidad.

Los concesionarios o compradores que transiten con vehículos de carga tienen libertad de tránsito según el artículo 1, del Decreto.

El CENADA aclara que el horario anunciado la semana anterior se mantendrá, con el objetivo de mantenerse en operación y poder realizar labores de limpieza y desinfección profundas entre cada plaza comercial.

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